
La Ley Nº 16.744, que rige el seguro para accidentes y enfermedades profesionales de los trabajadores dependientes de un empleador, establece la obligatoriedad de ejecutar acciones tendientes a prevenir y controlar los factores de riesgo en todos los lugares de trabajo. Para tal efecto se requiere de profesionales con conocimiento de las diferentes disciplinas que tienen relación con la seguridad y salud ocupacional y con dominio de las técnicas para la identificación, evaluación y control de los factores de riesgo para la salud asociados al trabajo.
Esta necesidad existe para todo el sistema de salud ocupacional que fija la ley: organismos de la administración del estado con responsabilidades en la materia, administradores del seguro ley 16 744, y empresas del sector productivo público y privado, cada una con responsabilidades diferenciadas.
Al sector publico a través del Ministerio de Salud le corresponde establecer los limites de exposición a compuestos y condiciones que revisten riesgo para la salud y fiscalizar su cumplimiento y los organismos administradores del seguro deber asegurar el cumplimiento de la normativa y asesorar a las empresas afiliadas para este fin.
Las empresas con dotación de más de 100 trabajadores están obligadas a tener un Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales, a cargo de un Experto en Prevención de Riesgos, cuyas funciones de acuerdo a lo dispuesto en el D.S. Nº 40, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social (Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales, de la Ley Nuerdo 6.744), serán planificar, organizar, asesorar, ejecutar, supervisar y promover acciones permanentes o para evitar accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
Los procesos productivos están en constante evolución en cuanto a tecnología y organización del trabajo por lo que a los riesgos tradicionales se añaden nuevos agentes asociados a los cambios .Consecuente con lo anterior, la legislación debe ser modificada y reformulada en forma periódica, es la razón por la que los profesionales expertos y encargados de la seguridad y salud ocupacional que se desempeñan en el ámbito tanto público como privado, tengan la oportunidad de acceder a capacitación y perfeccionamiento para actualizar y complementar sus conocimientos, en este sentido especialmente crítico es lo relativo a la identificación, evaluación y control de los riesgos de enfermedades profesionales donde existe una notable subnotificación posiblemente asociada al escaso desarrollo de la higiene ocupacional en el país, en gran medida, por lo que la dictación de un Diplomado en Higiene Ocupacional apunta a resolver este déficit crítico de que enfrenta el país.